
¿Quién tiene derecho a heredar los bienes privativos en caso de fallecimiento?
En caso de fallecimiento, es común que surjan dudas sobre el destino de los bienes privativos del difunto. Los bienes privativos son aquellos que pertenecen exclusivamente a una persona y no se comparten con su cónyuge o pareja de hecho. En este artículo, abordaremos las reglas que rigen la herencia de los bienes privativos en España.
Índice
¿Qué son los bienes privativos?
Los bienes privativos son aquellos que pertenecen en exclusiva a una persona, sin que se compartan con su cónyuge o pareja de hecho. Estos bienes pueden ser adquiridos antes o después del matrimonio o de la inscripción de la pareja de hecho en el registro correspondiente. Algunos ejemplos de bienes privativos son una casa heredada de un familiar, un coche comprado antes del matrimonio o una cuenta bancaria abierta antes de la unión matrimonial o de hecho.
¿Quién hereda los bienes privativos?
La herencia de los bienes privativos se rige por las normas establecidas en el Código Civil español. En este sentido, los bienes privativos se transmiten a los herederos que tenga el fallecido, de acuerdo con las reglas del testamento o, en su defecto, las reglas de la sucesión intestada.
Reglas del testamento
Si el fallecido ha dejado testamento, deberá respetarse la voluntad expresada en el mismo. En el testamento, el fallecido puede nombrar a sus herederos y legatarios, y distribuir sus bienes privativos como considere conveniente. En este caso, los bienes privativos pasarán a los herederos nombrados en el testamento, siempre y cuando se respeten las legítimas de los herederos forzosos.
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En caso de que el fallecido no haya dejado testamento, se aplicarán las reglas de la sucesión intestada. En este caso, los bienes privativos se transmitirán a los herederos legales, de acuerdo con el parentesco que tengan con el fallecido.
Herederos forzosos
Los herederos forzosos son aquellos que tienen derecho a una parte de la herencia, aunque el fallecido no lo haya dispuesto así en su testamento. En este sentido, los herederos forzosos son los hijos y descendientes, los padres y ascendientes y el cónyuge o pareja de hecho sobreviviente.En el caso de los hijos y descendientes, tendrán derecho a una parte de la herencia en función de su grado de parentesco con el fallecido. Si el fallecido no tiene hijos ni descendientes, los padres y ascendientes tendrán derecho a la herencia. Si no hay padres ni ascendientes, la herencia será para el cónyuge o pareja de hecho sobreviviente.
Herederos legales
Los herederos legales son aquellos que tienen derecho a heredar en caso de que no existan herederos forzosos o que éstos renuncien a su derecho. En este caso, la herencia se transmitirá a los hermanos y sobrinos del fallecido, y en defecto de éstos, a los demás parientes del fallecido hasta el cuarto grado de consanguinidad.
Conclusión
En definitiva, la herencia de los bienes privativos se rige por las normas establecidas en el Código Civil español, y dependerá de si el fallecido ha dejado testamento o no. En cualquier caso, los herederos legales y forzosos tendrán derecho a parte de la herencia, y los bienes privativos se transmitirán a los herederos que tenga el fallecido, de acuerdo con las reglas establecidas por la ley.
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